P.1 Recibí mi visa, ¿cuándo debo viajar?

Los visitantes de intercambio solo pueden entrar a los Estados Unidos en los 30 días previos de iniciar el programa, como indica su Formulario DS-2019, sin importar cuándo fue emitida su visa.

P.2 ¿Qué es el sistema SEVIS y cómo me afecta a mí?

El programa Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS) requiere que las instituciones educativas y programas de intercambio verifiquen el estado de inscripción de todos los estudiantes y visitantes de intercambio extranjeros nuevos o que ya hayan estado en el programa. Los solicitantes de visa de visitante de intercambio tienen que pagar la tarifa SEVIS antes de que una visa pueda ser emitida. Los solicitantes deben presentar el recibo I-901 de la tarifa SEVIS como prueba del pago. El sitio web de SEVIS tiene más detalles.

P.3 ¿Qué es la “regla de los dos años”?

La “regla de los dos años” es un término usado por una sección de la ley de inmigración de los Estados Unidos que exige que muchos de los visitantes de intercambio regresen a sus países de origen y estén físicamente presentes allí por al menos dos años luego del término de su visita de intercambio antes de que ellos puedan regresar a los Estados Unidos bajo cierto tipo de visas, H-1, L-1, K-1 y visas de inmigrante. Es importante señalar que al momento que su visa J-1 es emitida solo se hace una determinación preliminar de si la regla de los dos años aplica a usted y se anota en su DS-2019. La decisión final se hará solo si después usted elige solicitar una visa H-1, L-1, K-1, o una visa de inmigrante.

Los titulares de visas J-1 que son sujeto de la regla de los dos años no podrán permanecer en los Estados Unidos y solicitar un ajuste/cambio de estatus a un estatus prohibido (por ejemplo, de una visa J-1 a una visa H-1) o solicitar estatus de residente legal permanente (Green Card) sin primero regresar a su país de origen por dos años u obteniendo la aprobación de un “perdón”. Que usted esté sujeto a la regla de los dos años es determinado por varios factores, incluyendo la fuente de su financiación y la “Lista de Habilidades” (Skills List) de su país. No está determinado por el tiempo que usted haya pasado en los Estados Unidos.

P.4 ¿Puede no aplicarse la regla de los dos años?

Posiblemente. Solo la Oficina de Visas del Departamento de Estado puede conceder perdones de la regla de los dos años. La Oficina de Visas es también la autoridad definitiva que determina si usted es sujeto de la regla, independientemente de lo que haya sido anotado en su pasaporte. Si usted es sujeto de la regla de los dos años, usted puede obtener un perdón. Aún si usted es sujeto de la regla de los dos años puede calificar a una visa de turista o cualquier otra visa de no inmigrante excepto las anotadas previamente.